] ACAPULCO. * 24 de abril de 2020.
| Dedo de Guerrero.
El abogado constitucionalista Ángel Andrés Suazo Rodríguez calificó como «delicada» la propuesta de la alcaldesa Adela Román Ocampo, en referencia a lo anunciado a través del boletín número 3057 del ayuntamiento porteño, en el que la primer edil propone el arresto a las personas que no acaten las recomendaciones para salvaguardar la integridad y salud de la población y así evitar la cadena de contagios del Covid-19, pues carecen de taxitividad (sustento legal) y al mismo tiempo vulnera derechos humanos consagrados en la constitución.
Suazo Rodríguez, dijo que no existen condiciones de carácter competencial, internacional, material y lógica para imponer las medidas de arresto propuesta por Adela Román, «estás falta de condiciones no son más que limitaciones fácticas de los derechos fundamentales y humanos, que estarían representadas por irrestricciónes ilegitimas, pues el Bando de Policía y Buen Gobierno del municipio contempla el arresto solamente por faltas administrativas, de ahí lo delicado por lo propuesto de la alcaldesa, porque se tendría que valorar lo contempla la Constitución», argumentó.
«Tendríamos que valorar primero lo que dice la Constitución, ya que el artículo primero, nos dice que todas las autoridades en el ámbito de su competencia tienen la obligación de promover, respetar y garantizar los derechos humanos y el once, nos habla que toda persona tiene el derecho de transitar por toda la República,salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de algún salvoconducto u otro requisito, es decir de la libertad de tránsito», dijo, sin embargo en el ejercicio de este derecho está subordinado únicamente a la facultad de la autoridad judicial, la autoridad administrativa, como es el caso de Adela Román, ella como abogada tendría que justificar del porqué está restringiendo el libre tránsito, cuestionó.
Por otro lado, el también presidente de la asociación civil Ciudadanos Soberanos, abundó, que la alcaldesa tendría que aclarar de que si esta medida de arresto es un pronunciamiento público o lo está ordenando por escrito, pues son dos cosas muy distintas, «tomando en cuenta el artículo once, estamos en el entendido de que la presidenta municipal, si podría participar de cierta manera en temas de salud por cuestiones de salubridad porque la contingencia lo amerita», expresó.
Sin embargo, dijo que esta medida constitucional prevista en el artículo 11 (la de arresto) le concede esa facultad, pero de ninguna manera le permite bloquear otros derechos humanos, como la alimentación, la de salud y el trabajo, en este sentido se podría con esa medida de arrestos coartar el derecho de los ciudadanos de asistir a los comedores comunitarios que han implementado Ciudadanos Soberanos, junto al diputado Zeferino Gómez Valdovinos, y los comedores comunitarios que la alcaldesa misma ha instrumentado a través del DIF municipal, «como le vamos a decir a la gente que trabaja en la playa y que hoy no tiene ingresos a qué no salga a comer porque te vamos a arrestar, y lo peor será donde se van a remitir los ciudadanos que se arresten por violar las medidas sanitarias, sin que haya una aglomeración de 30 o 40 personas en una misma celda y sin que se contagien, tenemos que ser serios en nuestras declaraciones, más si somos alcaldes», concluyó.