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Acapulco Press

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jueves, 15 octubre 2020 / Published in Noticias especiales

Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública es inconstitucional | » Juez

] CIUDAD DE MÉXICO. * 15 de octubre de 2020.
| Actualidad.
Un juez mexicano declaró «inconstitucional» el acuerdo expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador para utilizar extraordinariamente a las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública.

De momento, el fallo judicial únicamente beneficia a la organización que promovió el amparo, que en este caso fue México Unido Contra la Delincuencia (MUCD). Con esta sentencia, las Fuerzas Armadas están impedidas de realizar cualquier «acto de privación o molestia» contra los integrantes de la asociación civil.

El acuerdo del Ejecutivo, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 11 de mayo de 2020, ordenó a las Fuerzas Armadas a participar en tareas de seguridad pública «de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada y subordinada», mientras la recién creada Guardia Nacional —un cuerpo conformado por policías y militares— desarrollaba su estructura, capacidades e implantación territorial.

Fallo judicial

Sin embargo, la organización México Unido Contra la Delincuencia interpuso un recurso judicial contra el acuerdo, al considerar que violaba principios constitucionales, así como fallos emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en materia de la participación del Ejército en funciones de seguridad pública.

Un juez del Octavo Distrito en materia Administrativa de Ciudad de México falló a favor de la organización y declaró inconstitucional el acuerdo emitido por el Ejecutivo, al estimar que no ofrece una justificación o motivación debida «para legitimar la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública».

«El Acuerdo es inconstitucional porque evidencia que la responsable [el presidente de la República] ha incorporado a las Fuerzas Armadas dentro del sistema ordinario y permanente de seguridad interior en tiempos de paz, en contravención a las condiciones constitucionales de validez que sobre la actuación de las fuerzas armadas», señaló el juez Martín Santos Pérez.

El juzgador consideró que el acuerdo no contiene una debida regulación de los protocolos sobre el uso de la fuerza, ni estableció, de manera puntual y expresa, la subordinación de las autoridades castrenses a las civiles. Asimismo, el togado criticó que el texto no estipuló una temporalidad o delimitación geográfica sobre la actuación de los elementos castrenses.

Tras el fallo judicial, MUCD destacó que abre la posibilidad de sustituir el acuerdo del Ejecutivo por «una regulación completa que abone a la construcción de un México más seguro, más justo y en paz», incluyendo reglas claras para la participación de las Fuerzas Armadas siguiendo los principios constitucionales.

La MUCD apuntó que lo que buscan es que se emita «una regulación adecuada que acote el poder militar, respete a las policías y nos proteja efectivamente».

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Tagged under: Diario Oficial de la Federación (DOF), Fuerzas Armadas de México, Seguridad Pública

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