] Javier Saldaña Almazán / I
| UAGro.
Este año se conmemora el LX aniversario de dos eventos trascendentales que se entrelazan por sus propósitos que se han potenciado a lo largo de sesenta años sin perder su vigencia, con una demanda que hoy se ha ampliado y diversificado que tiene en las categorías de igualdad, inclusión, equidad y calidad su eje de evolución.
Uno en el ámbito internacional relativo a la realización de una convención de la UNESCO, el otro en el estado de Gurrero con la transformación del Colegio del Estado en Universidad de Guerrero.
I. De la no exclusión en la educación a la inclusión educativa, el papel de la UNESCO.
En el ámbito internacional se celebra el LX aniversario de la “Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza” primer instrumento normativo de la UNESCO en materia de educación, la cual incorpora la figura de exclusión.
En su artículo primero caracteriza la discriminación a toda distinción, exclusión, limitación o preferencia, cuyo propósito sea destruir o alterar la igualdad de oportunidades en materia de educación.
Con sustento en que la educación es un derecho fundamental señala que la enseñanza superior debe ser accesible a todos sobre la base de la capacidad individual.
Con el propósito de promover la igualdad de oportunidades en materia de educación enuncia dos principios:
Una enseñanza del mismo nivel y condiciones equivalentes en cuanto se refiere a la calidad de la enseñanza proporcionada (artículo 4); y
La educación debe tender al pleno desenvolvimiento de la personalidad humana y a reforzar el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales (artículo 5).
En 1990 la “Declaración Mundial sobre Educación para Todos” señala la necesidad de empeñarse activamente en modificar las desigualdades en materia de educación y suprimir las discriminaciones en las posibilidades de aprendizaje de los grupos desasistidos o vulnerables, ampliando el espectro de discriminaciones en el proceso de aprendizaje, esto es, ir también más allá de las discriminaciones en el acceso.
La figura de inclusión se incorpora en una primera aproximación en la Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales celebrada en 1994, la cual concluye con la “Declaración de Salamanca”, ratificando el derecho a la educación con el adjetivo de inclusiva e integradora, rechazando la segregación y la de los estudiantes en función de coeficientes intelectuales o determinadas potencialidades.
En el año de 1998 se incorpora la gratuidad en una primera aproximación en el “Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” conocido como el “Protocolo de San Salvador” reconoce que para lograr el derecho a la educación superior en el continente americano esta debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en particular, por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita (artículo 13).
La igualdad de género se incorpora en el “Documento final de la Cumbre Mundial de 2005”, en su apartado de “derechos humanos, democracia e imperio de la ley” al señalar el compromiso de eliminar la discriminación por motivos de género, así como la violencia de genero.
La igualdad de género se designó como una de las dos prioridades globales de la UNESCO en su estrategia a plazo medio (2008-2013) y en el año 2014 establece el plan de acción de la UNESCO para la prioridad “Igualdad de género” (2014-2021).
Seis décadas que la demanda inicial de erradicar la discriminación como sinónimo de exclusión y/o limitación en la educación, se transformó de manera asertiva en lo que en el presente se denomina “inclusión educativa”, donde se integran la igualdad de género, la equidad y la calidad, en el marco de los derechos humanos.
Ha veinticinco años de la “Declaración de Salamanca”, pilar esencial de la “Agenda Mundial de la Educación 2030”, el “Foro Internacional sobre Inclusión y Equidad en la Educación realizado en Cali, Colombia en 2019, señaló:
Dos principios:
Extender los logros y beneficios que detono la “Declaración de Salamanca”, hacia la equidad y la inclusión, en y a través de la educación y la capacitación; y Extender el compromiso, al reconocer que la educación inclusiva debe enfrentar los detonantes de la exclusión.
Y una caracterización de la inclusión en los siguientes términos:
“… inclusión como un proceso transformador que asegura la plena participación y el acceso a oportunidades de aprendizaje de calidad para todos los niños, niñas, jóvenes y adultos, que respeta y valora la diversidad, y elimina todas las formas de discriminación en y a través de la educación.”
Al tiempo que a través de la educación:
“Empoderar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión, situación económica u otra condición”.