CIUDAD DE MÉXICO * 27 de abril de 2022.
) ANASA
Este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la invalidez de la consulta de la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Lo anterior debido a que el ejercicio de participación ciudadana que se llevó a cabo el domingo 10 de abril del año en curso no logró la participación del 40% del electorado que se encuentra en la Lista Nominal del Instituto Nacional Electoral (INE), requisito que es exigido por la Constitución mexicana.
El conteo final realizado por el órgano electoral dio cuenta de la participación de un total de 16 millones 502 mil 636 electores en la consulta de revocación de mandato del actual titular del Poder Ejecutivo Federal, es decir, tan solo el 17.7% de las personas inscritas en la Lista Nominal.
En este sentido, el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, señaló, en primera instancia, la inviabilidad jurídica para dar parte a las quejas interpuestas por partidos de oposición que buscaban anular el proceso, ya que el mismo era invalido desde que no alcanzó la participación ciudadana requerida.
Tras ello, el funcionario informó que, durante el proceso, el INE recibió un total de 323 quejas por uso indebido de recursos públicos y de procedencia ilícita, así como por la vulneración a la imparcialidad y neutralidad por parte de funcionarios. Aunado a ello, también se acusaron diversas irregularidades el día de la jornada de revocación de mandato.
Por su parte, Rodríguez Mondragón enlistó las lecciones que se aprendieron tras este primer ejercicio de participación ciudadana directa para decidir si se le revoca o no el mandato al Presidente de la República, entre las que señaló la emisión tardía de la Ley Federal de Revocación de Mandato por parte del Congreso de la Unión y las modificaciones que se tuvieron que hacer debido a que el INE ya había establecido normativas para el proceso.
“Tercero cuando la Cámara de Diputados y Diputada emitió un decreto de interpretación y éste fue aprobado por el Senado, lo que generó controversias y cuestionamientos sobre su constitucionalidad. Y de la mano con los desafíos normativos, se suman los ajustes presupuestarios que generaron una reducción de casillas y la escasez de personal e insumos, desde la óptica de integridad electora esto es un ejemplo de lo que se conoce como malas prácticas con impacto en la calidad de la democracia participativa”, expuso.
Para finalizar, el magistrado presidente dio a conocer que el Tribunal Electoral mandató al órgano electoral federal y a la Sala Regional Especializada para que indaguen “actos potencialmente irregulares” que se señalaron durante el proceso, al tiempo que informó a la FEDE sobre conductas que posiblemente incurran en la ilicitud.
“Finalmente, esta Sala Superior, por un lado, instruyó al INE y a la Sala Regional Especializada para que investiguen y, en su caso, sancionen actos potencialmente irregulares que se denunciaron durante el proceso y, por el otro, advirtió a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales sobre conductas posiblemente ilícitas que quizás deba investigar”, señaló.