Acoso sexual callejero ya es delito penal en Guerrero
* En casos donde se vean inmiscuidos funcionarios o servidores públicos, el delito se perseguirá por oficio
* Se impondrá de 3 a 8 años de prisión y de 200 a 500 días multa a hostigadores; no obstante, cuando el agresor sea reincidente o exista la participación de dos o más agresores, o el acoso callejero se realice por servidores públicos, la penalidad se duplicará
CHILPANCINGO, Gro. * 10 de Julio 2024.
) LXIII Legislatura | Guerrero
El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal del Estado de Guerrero para incorporar el delito de acoso sexual callejero, mismo que se castigará hasta con 8 años de prisión.
De este modo, cometerá este delito quien con fines o móviles lascivos asedie a otra persona, tome fotos y/o grabe su cuerpo sin su consentimiento; tenga contacto físico y/o arrinconamiento no consentido; persiga, haga masturbación o realice exhibicionismo en lugares públicos y/o privados, vías y transporte público, por ser acciones que provocan malestar en la víctima y dañan su dignidad e integridad personal.
En sesión extraordinaria, la Comisión de Justicia presentó al Pleno el dictamen derivado de una propuesta que hizo la diputada Leticia Mosso Hernández, donde señala la importancia de tipificar el acoso sexual callejero para erradicar este tipo de conductas que laceran la dignidad, en especial de las mujeres.
Refiere que no ha sido suficiente que en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se establezca el hostigamiento y acoso sexual como parte de la violencia familiar, laboral y escolar, pues este tipo de acoso en espacios, vías y transporte públicos sigue siendo invisibilizado, a pesar de que se comete frecuentemente.
Abundó que de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2022 del INEGI, en Guerrero el 68.8 por ciento de las mujeres de 15 años o más experimentaron algún tipo de violencia, ya sea psicológica, física, sexual, económica o patrimonial a lo largo de la vida, y 44.1 por ciento en los últimos 12 meses.
Por ello, se establece que a quien cometa el delito de acoso sexual callejero se le impondrá de 3 a 8 años de prisión y de 200 a 500 días multa, y cuando el agresor sea reincidente o exista la participación de dos o más agresores, o se realice por servidores públicos, la penalidad se duplicará.
Además, este delito se perseguirá a petición de la parte ofendida, salvo que exista la participación de servidores públicos, en cuyo caso será de oficio.
Asimismo, se suprime el vocablo “reiteradamente” en los delitos de hostigamiento sexual y acoso sexual, porque se considera que el molestar en una sola ocasión no resta la gravedad a la conducta, ya que el hecho que una mujer haya sido asediada con fines lascivos una sola vez, es suficiente para que le haya generado un daño o perjuicio físico, emocional, psicológico o económico a la víctima del delito.
La diputada promovente Leticia Mosso Hernández razonó su voto a favor del dictamen de reforma al Código Penal del Estado en materia de acoso sexual callejero, manifestando su agrado porque la LXIII Legislatura sigue legislando para garantizar la seguridad de las mujeres guerrerenses.
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Aprobó Congreso hasta 11 años de prisión y multa de 2 mil UMAs a quien cometa maltrato animal
CHILPANCINGO, Gro. * Mayo 23, 2024.
) Congreso de Guerrero
El Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformas al Código Penal del Estado de Guerrero para aumentar las penas por conductas y actos crueles hacia los animales, de 9 meses a 11 años de prisión, y multa de 655 a 2 mil 184 Unidades de Medida y Actualización Vigente.
De acuerdo con el dictamen elaborado por la Comisión de Justicia de una iniciativa del diputado Joaquín Badillo Escamilla, el maltrato o crueldad animal son comportamientos irracionales de una persona hacia estos seres sintientes, que les causan sufrimiento, estrés e incluso la muerte.
Además, señala que estos actos no solo provocan algún tipo de daño o lesiones de carácter físico a los animales, sino que también los afectan acciones como el abandono, tenerlos en precarias condiciones de salud, no brindarles espacios para su recreación y privarlos de alimentación.
Para coadyuvar a resolver esta problemática, el derecho mexicano cada vez más reconoce y amplía los derechos para los animales, muestra de lo cual es que el Poder Judicial federal los ha reconocido como parte de las familias mexicanas.
“Los animales de compañía, principalmente perros y gatos, se constituyen como un miembro del núcleo familiar. Hoy en día, la familia que adopta un animal adquiere obligaciones similares a los demás miembros, tales como derecho a la salud, comida saludable y suficiente, esparcimiento, y a tener un lugar confortable donde guarecerse”, apunta.
Por ello, al recrudecer las sanciones se pretende disuadir este tipo de violencia que hoy por hoy se ha extendido a niveles inimaginables, y que debe ser castigado de manera más enérgica.
Al razonar su voto a favor del dictamen, el diputado promovente, Joaquín Badillo Escamilla, resaltó que con esto se otorgan las herramientas necesarias, legales y jurídicas para que la pena por el maltrato o muerte de un animal pueda ameritar la prisión, y no solo el pago de una multa.
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Terapias serán sancionadas como delito | Congreso de Guererro
CHILPANCINGO, Gro. * Mayo 21, 2024.
) Congreso de Guerreo
El Congreso del Estado aprobó adiciones al Código Penal del Estado de Guerrero para tipificar como delito las terapias de conversión, concebidas como instrumento para cambiar, por la fuerza, la orientación sexual de una persona, lo que se castigará con hasta 6 años de prisión.
De acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión de Justicia, derivado de una iniciativa enviada por la titular del Ejecutivo estatal, Evelyn Cecia Salgado Pineda, se señala que uno de los pilares fundamentales del gobierno es garantizar el Estado de Derecho, asegurando el pleno ejercicio de los intereses particulares de las personas en lo individual y colectivo, en un marco de respeto a las leyes.
Refiere, asimismo, que con la inclusión de este delito al Código Penal se contribuye a garantizar el derecho al libre desarrollo de la personalidad, definido como la facultad que cada individuo tiene de elegir autónomamente su forma de vivir, garantizando a los sujetos plena independencia para escoger, por ejemplo, su profesión, estado civil, pasatiempos, apariencia física, estudios o actividad laboral, lo cual sólo está limitado por el respeto a los demás y el interés general.
En ese sentido, destaca que las llamadas terapias de conversión o ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género) atentan contra las personas que desean ejercer su libertad sexual de manera plena, además de que violentan la voluntad, a través de violencia física o moral, situaciones que denigran la dignidad humana.
De la misma forma, refiere que “tener conductas diferentes a las heteronormatividades no significa que sea algún tipo de enfermedad, y el hecho de permitir este tipo de prácticas por parte del Estado, también atenta contra el derecho de las personas a la no discriminación”.
Por ello, la adición señala que a la persona que, contra la voluntad de la víctima o mediante engaño, imparta o aplique cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de la misma, se le impondrán de 2 a 6 años de prisión y multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Además, se aumentará hasta en una mitad la sanción cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas adultas mayores o que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo, así como a quien financie alguna de estas actividades, quedando exceptuados de este tipo penal los padres de familia y/o quienes ejerzan custodia o patria potestad respecto a los menores y adolescentes.
La diputada Gloria Citlali Calixto Jiménez razonó su voto a favor de la tipificación como delito de las “terapias de conversión”, indicando que con ello la LXIII Legislatura, además de refrendarse como paritaria, se erige como garante del respeto a los derechos humanos de las y los guerrerenses, independientemente de su orientación sexual o su identidad de género.
Remembró, en ese sentido, que desde el inicio de la legislatura se logró la aprobación del matrimonio igualitario, lo cual, en conjunto, ratifica la vocación humanitaria y visión progresista de esta legislatura y de la titular del Ejecutivo Estatal, Evelyn Salgado Pineda, promovente de la primera iniciativa en comento.
Se trata, remarcó, de “no dejar a nadie atrás en la ruta hacia la igualdad y la libertad. Nadie afuera, y nadie atrás… y en este caso, no hay nada que curar, como no sea el daño perpetrado históricamente”, apuntó.
Dictámenes
En la misma sesión de Pleno fue aprobado por unanimidad el dictamen por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero en materia de consulta popular y revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo Estatal.
Las diputadas y diputados de la LXIII Legislatura aprobaron también por unanimidad un dictamen de reforma y adiciones a la Constitución Política del Estado de Guerrero para establecer el derecho humano a la movilidad, generando condiciones para el desarrollo de infraestructura vial, de transporte, de accesibilidad a espacios públicos, circulación peatonal y planes de ordenamiento territorial con visión ambiental y preservación de ecosistemas.
De la misma forma, se aprobó un dictamen de reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado para establecer un procedimiento de planeación en comunicación, elaborado de manera profesional, objetiva, imparcial, moderna, oportuna y eficiente, que reconozca las nuevas herramientas tecnológicas de la información y aproveche el potencial de las redes sociales, promueva el parlamento abierto y la transparencia, dé cumplimiento al derecho a la información y cauce a las libertades de expresión y de prensa.
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Cárcel de hasta 8 años a traficantes de medicamentos clonados en Guerrero
CHILPANCINGO * 10 de febrero de 2023.
) Congreso de Guerrero
Para sancionar con penas de 3 a 8 años de prisión la elaboración y distribución de medicamentos clonados, alterados o caducados, de manera directa o en establecimientos no autorizados, la diputada Jessica Ivette Alejo Rayo presentó una iniciativa de adición Código Penal del Estado de Guerrero.
En la propuesta que se analiza al interior de la Comisión de Justicia, la diputada de Morena refiere que la falsificación de medicamentos representa un problema de salud pública en el mundo, y el país se ubica en el sexto lugar, siendo los estados de Jalisco, Michoacán, Puebla, Nuevo León y la Ciudad de México donde más se ofrecen medicamentos ilegales, con ventas aproximadas de 650 a mil 500 millones de pesos.
Abundó que la Asociación Mexicana de Industrias de Investigación Farmacéutica reportó que seis de cada 10 medicinas que se ofrecen en territorio nacional son robadas, caducadas, falsificadas, recuperadas o elaboradas sin requerimientos de calidad, incorporando en su mismo reporte que ocho millones de personas en México consumen estos fármacos ilícitos, lo que ha ocasionado defunciones.
“Adquirir medicamentos de dudosa procedencia representa un grave riesgo para la salud de la población, pudiendo ocasionar fallas terapéuticas, reacciones adversas y desarrollo de resistencia antimicrobiana, entre otros riesgos que pueden ser mortales”, subrayó.
Por lo anterior, la legisladora puntualizó que debe salvaguardarse el bienestar y la salud de las y los guerrerenses, por lo cual es importante legislar para castigar penalmente y de manera ejemplar a las personas que incurran en estas prácticas, imponiéndoles pena de tres a ocho años de prisión y multas de 150 a 400 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
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