Buscan reforma para que la toma de protesta de cabildos sea en una sola sesión
CHILPANCINGO, Gro. * 28 de octubre 2024.
) LXIV Legislatura | Guerrero
El diputado Jorge Iván Ortega Jiménez presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero para transferir al Congreso del Estado la atribución de tomar la protesta a los ayuntamientos entrantes, en sustitución de los ayuntamientos salientes, y para que el acto de instalación se realice el mismo día, y no en dos sesiones como lo estipula el artículo vigente.
El legislador integrante del Partido de la Revolución Democrática explicó que actualmente la ley en comento plasma en los artículos 36 y 37 que los nuevos funcionarios de los ayuntamientos deben rendir protesta ante un cuerpo colegiado que ha dejado de existir legalmente por final de su periodo, hecho que genera incertidumbre e inconsistencias.
Expuso que los ayuntamientos entrantes y los salientes llegan en ocasiones al evento de la instalación y toma de protesta con serios conflictos, sobre todo en los casos en que ambos emergen de partidos o coaliciones políticas diferentes, ya sea que existen cuestiones adversas postelectorales, o por razones de otra índole, generando actos públicos desapegados de la institucionalidad que impiden una transición legítima y eficiente.
Por lo anterior, el diputado Ortega propuso que se elimine la atribución que hasta ahora mantienen los ayuntamientos salientes, y en su lugar se plasme la facultad del Congreso del Estado para designar a una diputada o un diputado que se encargue de asistir a las sedes municipales para presenciar y verificar los actos protocolarios, brindando mayor certidumbre legal y reforzando el papel del Poder Legislativo como coadyuvante de la gobernabilidad.
Además, la propuesta contempla reconocer a las y los integrantes de los cabildos salientes como invitados de honor a la ceremonia de toma de protesta, cuya asistencia será opcional.
Respecto al día de la instalación y toma de protesta del nuevo ayuntamiento, se llevarán a cabo en una misma sesión el primer día de enero siguiente al año de la elección.
Esta propuesta fue turnada a la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación del Congreso del Estado, para su análisis y dictaminación correspondientes.
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Proponen reforma que obligue a regidores rendir informes a sus representados
CHILPANCINGO, Gro. * 25 de octubre 2024.
) LXIV Legislatura | Guerrero
En busca de fortalecer la rendición de cuentas y el fomento de la participación ciudadana, la diputada Diana Bernabé Vega (Morena) propuso reformar la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, a efecto de que las regidoras y los regidores rindan informes públicos y transparentes ante la ciudadanía, y no sólo ante el Ayuntamiento.
En su propuesta, la diputada argumenta que quienes manejan recursos públicos y toman decisiones en nombre de la sociedad, están obligados a explicar, justificar y transparentar sus acciones ante la sociedad.
Abundó que aunque la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado establece que las y los ediles deben rendir cuentas ante el Ayuntamiento, esto no es suficiente ya que el pueblo, como verdadero depositario del poder, tiene el derecho de conocer lo que hacen sus representantes.
“Hoy en día en Guerrero, la falta de un mecanismo que obligue a los regidores a presentar informes públicos sobre su trabajo y el uso de los recursos públicos representa un vacío en nuestra legislación, lo que debilita el vínculo entre los ciudadanos y sus representantes”, dijo.
Y es que, añadió, la rendición de cuentas vertical es un mecanismo esencial para asegurar que las decisiones tomadas desde los gobiernos locales reflejen los intereses y necesidades reales de la comunidad, coadyuvando a la construcción de una cultura de confianza y responsabilidad.
“La reforma al artículo 80 fracción XV de dicho ordenamiento no sólo refuerza la transparencia, sino que fomenta la participación ciudadana, porque un ciudadano bien informado es un ciudadano que puede exigir mejoras y hacer valer sus derechos”, apuntó.
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Proponen que Secretaría General de ayuntamientos otorgue Constancia de Radicación
CHILPANCINGO * Octubre 26, 2023.
) Congreso de Guerrero
Para otorgar la atribución a la Secretaría General del Ayuntamiento de expedir la constancia de radicación, a través de la cual la ciudadanía puede acreditar la vecindad o residencia efectiva en los municipios que conforman el estado, la diputada Patricia Doroteo Calderón, presentó una iniciativa de adición a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado.
Durante su exposición de motivos, la legisladora destacó que, la Constitución Política del Estado, así como la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado establecen, entre otros requisitos para ser gobernador, diputado o diputada, presidente, municipal, síndico o regidor, se debe ser originario del lugar en el cual se participa o tener una residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.
Abundó que, la residencia efectiva es un requisito de elegibilidad permanente en los cargos de elección popular, y que dicho termino se refiere a la ubicación o lugar donde una persona vive de manera habitual y permanente.
Además, señaló que, actualmente, en la Legislación del Estad no se encuentra regulada la constancia de residencia y/o radicación, sin embargo, dijo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ha determinado que, el requisito de residencia efectiva tiene por objeto que la persona que pretende desempeñar un cargo de elección popular conozca de forma actual y directa el entorno político, social, cultural y económico, así como los problemas de la entidad federativa o municipio respectivo.
En el mismo sentido, añadió que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación también ha establecido que las certificaciones expedidas por las autoridades municipales, sobre la existencia del domicilio o residencia, son documentos públicos sujetos a un régimen propio de valoración, pues su fuerza persuasiva depende de la calidad de los datos en que se apoyen, entre mayor certeza generen los datos, mayor será la fuerza probatoria de la constancia, y viceversa.
Doroteo Calderón manifestó que con la presente propuesta se garantizará que las constancias o certificaciones de radicación o residencia, y/o de vecindad cumplan con un parámetro idóneo para acreditar su valor probatorio pleno, ya que la residencia efectiva debe evidenciar que entre el individuo y una determinada colectividad social establecida en cierto territorio se han creado lazos capaces de expresar una auténtica integración.
“En otras palabras, si la vida de una persona es percibida como parte de la realidad cotidiana en el entorno en el que se produce, porque dicha persona vive, tiene intereses y vínculos con la comunidad de cierto lugar, puede afirmarse que la residencia habitual de esa persona se encuentra en ese lugar, aunado a que, generará certeza para las autoridades electorales al momento de registrar las candidaturas de Elección Popular en el estado, concluyó.
La propuesta en mención que adiciona la fracción XI al artículo 98, así como se adiciona el artículo 98 Bis a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, fue turnada a la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación.
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Presentan iniciativa para redefinir período de ayuntamientos instituyentes
CHILPANCINGO * Septiembre 28, 2023.
) Congreso de Guerrero
Diputadas y diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado presentaron una iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para establecer que las autoridades instituyentes de municipios de nueva creación ejerzan sus funciones y facultades, luego de su nombramiento, hasta en tanto sean sustituidas por aquellas que resultaron electas en los comicios ordinarios inmediatos.
De la citada iniciativa dio lectura la secretaria de la Mesa directiva, diputada Patricia Doroteo Calderón, señalando que el Congreso está facultado para crear nuevos municipios siempre y cuando reúnan una serie de requisitos, posterior a lo cual se deberá designar a quienes integrarán el Cabildo Instituyente, cuya característica específica es que sean designados de manera directa en asambleas de los pueblos, sin necesidad de competir en una elección.
“El único requisito que establece el segundo párrafo del artículo 13 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero es que la designación sea entre los vecinos, y cuidando que las propuestas no hayan fungido como directivos de partidos políticos, desempeñado cargos de elección popular, ni sean miembros del comité gestor vigente”, refirió.
En el documento se argumenta que aunque esta parte no genera ningún tipo de conflicto, es necesario realizar un análisis sobre la temporalidad que el cabildo instituyente deba fungir,
debido a que en la etapa de creación del municipio se enfrentan trámites de carácter administrativo, financiero y fiscal, lo que en la experiencia se torna difícil.
Abunda en que las Leyes de Ingresos de los Municipios para cada Ejercicio Fiscal deben ser presentadas antes del 15 de octubre; es decir, que la recepción de ingresos y la ejecución del gasto inician el primero de enero y terminan el 31 de diciembre de cada año, lo mismo que la distribución de los recursos federales establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación y la Ley de Coordinación Fiscal.
Toda esta tramitología, precisa la propuesta, impide que a las comunidades que se desprenden de sus municipios de origen se les asigne recursos económicos o se les brinde servicios públicos, por considerarse desvío de recursos, al aplicarse fuera de la territorialidad del municipio existente.
Por todo lo anterior, las y los legisladores consideran pertinente que se elimine la parte normativa que establece que el Ayuntamiento Instituyente “será designado por un periodo no menor de un año, ni mayor de tres años”, en virtud de que esto provoca desestabilidad y genera incertidumbre entre la población del nuevo municipio.
Dictámenes
En esta sesión, la Mesa Directiva dio lectura de los dictámenes con proyecto de decreto por los que se designa a las y los integrantes de los Ayuntamientos Instituyentes de Las Vigas y San Nicolás, Guerrero, mismos que por no alcanzar la votación requerida fueron turnados de nueva cuenta a la Junta de Coordinación Política, para su redictaminación.
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Adela, en campaña con infraestructura municipal y sin ‘permiso legal’
Jiribilla Costeña
] El Brujo Chiripero.
Si de acuerdo al Artículo 73 (Fracción XXIII) de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, un presidente municipal no puede ausentarse más de 3 días de su municipio (cada 30) «sin autorización del Ayuntamiento» (Cabildo), y no más de 5 días «sin el consentimiento del Congreso», ¿cómo es que Adela Román recibió permiso temporal del Cabildo de Acapulco para ausentase «10 días» –sin constancia existente de consentimiento del Congreso del Estado–, en lo que busca la candidatura de Morena para competir por la Gubernatura de Guerrero?
¿Se repitió la historia de Dubai, que primero se fue sin permiso una semana (del 8 al 13 de febrero pasado) «y luego apareció el permiso en el Congreso? ¿Qué hace excepcional a la alcaldesa con licencia de Acapulco que nadie castiga sus constantes pisoteos a la ley?
¿DELITO ELECTORAL O EMPODERAMIENTO ARBITRARIO?
Por si lo anterior no bastara, Adela Román, ya con licencia oficial para separarse de la presidencia para hacer campaña por la gubernatura, sigue usando el equipo de prensa y vehículos del Ayuntamiento en sus actividades electorales… además del servicio de escolta asignado como alcaldesa.
¿Qué privilegios especiales le ha otorgado la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (Fepade) a Adela?
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