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Acapulco Press

SCJN invalida en su totalidad ‘Plan B’ de AMLO

jueves, 22 junio 2023 by Acapulco Press

Con nueve votos a favor y dos en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este jueves el segundo decreto del «plan B» electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador por violaciones al proceso legislativo en el país.

» Rolando | Ramos
CIUDAD DE MÉXICO * 22 de junio de 2023.
) El Economista

Con nueve votos a favor y dos en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este jueves el segundo decreto del «plan B» electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador por violaciones al proceso legislativo en el país.

Con nueve votos a favor y dos en contra, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se declaró la invalidez del decreto por el que se reforman la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, cambios que constituyen el centro del llamado “plan B’’ de la reforma electoral promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, por violaciones al proceso legislativo en el país.

A propuesta del ministro Javier Laynez Potisek, el proyecto fue aprobado por Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez, Jorge Pardo y Norma Piña, presidenta del máximo tribunal constitucional del país, porque el Congreso de la Unión incurrió en violaciones graves al procedimiento legislativo que, en su conjunto, tienen potencial invalidante.

De ahí que la declaratoria implica la invalidez del decreto impugnado en su totalidad y, por tanto, que las disposiciones legales que regían antes de la entrada en vigor del mismo “recuperan vigencia’’.

Las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel votaron en contra de la propuesta por considerar que no se violó el proceso legislativo; Esquivel reprochó no haber entrado al fondo del asunto a fin de determinar si son o no constitucionales los cambios aprobados por el Poder Legislativo y que fueron impugnados por la oposición.

Las reformas invalidadas a la legislación en materia electoral se relacionan principalmente con la estructura, organización y los procedimientos del Instituto Nacional Electoral (INE), así como con las atribuciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Los cambios fueron combatidos vía acciones de inconstitucionalidad presentados ante la Corte por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática (PRD), diputados federales y senadores de la minoría parlamentaria y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

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Alfredo GutiérrezAndrés Manuel López ObradorArturo ZaldívarInstituto Nacional Electoral (INE)Javier Laynez PotisekJorge PardoJuan Luis González AlcántaraLey General de Instituciones y Procedimientos ElectoralesLey General de los Medios de Impugnación en Materia ElectoralLey General de Partidos PolíticosLey Orgánica del Poder Judicial de la FederaciónLuis María AguilarMargarita Ríos FarjatNorma PiñaSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
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Consulta contra expresidentes, inconstitucional | SCJN

jueves, 24 septiembre 2020 by Acapulco Press

» Jorge Monroy.
»jmonroy@eleconomista.com.mx»
] CIUDAD DE MÉXICO. * 24 de septiembre de 2020.
| El Economista.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar, propone declarar inconstitucional la propuesta del presidente, Andrés Manuel López Obrador, sobre la consulta popular para enjuiciar a expresidentes de México.

Luis María Aguilar. | Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),

En el documento se argumenta que el objeto integral de la solicitud «debe ser inconstitucional debido a que «la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos».

“A la ciudadanía no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la función pública, la participación ciudadana tiene otros medios de interacción en esa dimensión, a ella compete obligadamente denunciar los hechos delictivos de los que tengan noticia y coadyuvar, en su caso, con las instituciones del Estado”, resaltó.

Por lo citado por en la petición del presidente, en donde se involucran los derechos humanos reconocidos en la ley mexicana, » no puede consultarse si las autoridades pueden o deben proteger los derechos humanos, pues esa es su obligación constitucional».

De obtener la votación a favor por parte de la Corte, se deberá notificar al Senado de la República, que procederá a declarar como no procedente la solicitud presentada por el presidente.

Los expresidentes relacionados con los presuntos ilícitos citados en la solicitud de consulta popular para ser enjuiciados son Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto.

La Constitución no puede destruirse, advierte

En ese sentido, planteó que el artículo 1 de la Constitución federal establece que en el país todas las personas gozan de los derechos humanos y las garantías para su protección, y que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, por lo que el Estado Mexicano deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.

“Es por ello que la Constitución General determina que existen temas que no pueden ser parte de una consulta popular, pues por su naturaleza como pilares fundamentales de la democracia mexicana, no son optativos, sino que deben respetarse por todas las personas y protegerse por todas las autoridades del País, en el ámbito de sus competencias y facultades.

“Esto significa que la Constitución no puede destruirse a sí misma y, precisamente por ese motivo, prohíbe expresamente que la consulta popular pueda realizarse para preguntar si se quiere cambiar el sistema de gobierno o los principios fundamentales del Estado constitucional tales como la separación entre la Iglesia y el Estado, la forma republicana, el acceso al poder a través de la democracia, la dignidad humana o la prohibición de discriminación, entre otros”, puntualizó.

Ejemplificó que no sería constitucional y no podría llevarse a cabo una consulta al pueblo mexicano para preguntar si está de acuerdo o no con prohibir la esclavitud, ya que esas cuestiones no son consultables ya que forman parte de los pilares o principios fundamentales que sostienen al Estado mexicano.

Andrés Manuel López ObradorConsulta Popular para Enjuiciar a ExpresidentesLuis María AguilarSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
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