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Acapulco Press

¿Cuáles serán las nuevas reglas de la Modalidad 40 del IMSS para 2025?

jueves, 09 enero 2025 by Acapulco Press

CIUDAD DE MÉXICO * Enero 9, 2025
) Infobae
La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), conocida como “Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio”, es una herramienta que permite a los trabajadores seguir aportando al sistema para incrementar su pensión tras dejar de laborar.

Este esquema es especialmente relevante para quienes cotizan bajo la Ley 73 del IMSS, ya que pueden mejorar su salario base de cotización y aumentar sus semanas cotizadas. Sin embargo, a partir de 2025, esta modalidad sufrirá cambios importantes.

Principales modificaciones en 2025

* Incremento en la cuota mensual: A partir de 2025, las cuotas mensuales de la Modalidad 40 se incrementarán en un 13.34 por ciento. Este ajuste forma parte de un plan gradual que continuará hasta 2030. La propuesta del aumento implica que los trabajadores deberán considerar el impacto financiero que este cambio tendrá en sus pagos voluntarios.

* Límite de aportaciones basado en la UMA: Las aportaciones estarán limitadas a 25 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Esto establece un tope al monto que los trabajadores podrán aportar anualmente, sin importar el salario con el que decidan registrar sus contribuciones. El objetivo de esta medida es garantizar la sostenibilidad del sistema y evitar desajustes en los montos de las pensiones.

* Ajustes progresivos hasta 2030: El aumento en las cuotas continuará de manera gradual hasta 2030, por lo que es crucial evaluar cómo este incremento afectará las finanzas de los afiliados. Este ajuste progresivo busca equilibrar el sistema de pensiones, aunque podría representar un desafío para quienes deseen seguir utilizando la Modalidad 40.

¿Quiénes deben considerar la Modalidad 40?

El IMSS detalló en su portal web que la Modalidad 40 es particularmente útil para:

* Trabajadores que cotizan bajo la Ley 73 y desean maximizar su pensión.
* Personas cercanas a la jubilación que buscan aumentar semanas cotizadas y mejorar su salario base.
* Extrabajadores que dejaron de laborar y desean seguir aportando para obtener una pensión más alta.

¿Qué es importante considerar para la Ley 40?

Antes de inscribirse, es esencial realizar un análisis costo-beneficio para determinar si los aumentos graduales justifican el impacto en la pensión final. Además, se recomienda buscar asesoría en el IMSS para comprender cómo las nuevas normas pueden influir en el cálculo de la jubilación.

Aunque las modificaciones implican mayores costos, la Modalidad 40 sigue siendo una opción valiosa para quienes desean garantizar una pensión digna. Con un análisis estratégico, esta herramienta puede continuar siendo una aliada clave para planificar una jubilación estable y adecuada.
) acapulcopress.com

“Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio”Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)Ley 73 del IMSSModalidad 40Unidad de Medida y Actualización (UMA)
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Senador Añorve presenta iniciativa para liberar de UMA’s créditos Fovissste

jueves, 01 diciembre 2022 by Acapulco Press

CIUDAD DE MÉXICO * 1 de diciembre de 2022.
) Especial
El Senador de la República Manuel Añorve Baños presentó una iniciativa para disminuir el cobro de intereses en los créditos para la obtención de vivienda que otorga el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) a los trabajadores al servicio del Estado y que el cobro que se les haga no se base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Añorve Baños, dijo que es inexplicable que el Fovissste cobre una tasa de interés del 4 al 6% anual, más una segunda tasa anual basado en la inflación e incremento de los salarios mínimos, lo que nos da una cantidad superior al 14.5% anual, cuando la tasa promedio de interés que cobran las entidades financieras es de alrededor del 9.5% fija, durante la vigencia del crédito.

Esta segunda tasa de interés se encuentra en el primer párrafo del artículo 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el cual refiere que el saldo de los créditos otorgados a los Trabajadores a que se refiere la fracción I del artículo 169 de esta Ley se revisará cada vez que se modifiquen los Salarios Mínimos, incrementándose en la misma proporción en que aumente el Salario Mínimo.

Por lo que aseguró que esta acción resulta sumamente gravosa para quienes continúan pagando sus viviendas, puesto que dichas actualizaciones generan incremento en los pagos que los trabajadores realizan para cubrir su crédito hipotecario, lo que ocasiona que la fecha para poder liquidar de manera definitiva su crédito, se prolonga en cada actualización, por lo que se genera un estado de incertidumbre y angustia para los trabajadores.

“Estas actualizaciones hacen imposible que los trabajadores puedan pagar sus créditos hipotecarios en el plazo de 30 años, ya que cada año se incrementa el saldo insoluto, casi en la misma proporción que los pagos realizados”, apuntó.

Por ello, el Senador Añorve, expuso que esta propuesta fue construida por los afectados directos, en un ejercicio de consulta pública nacional, por lo que invitó a todas y todos los Senadores a apoyar esta iniciativa y apoyar a millones de mexicanas y mexicanos que están viviendo una injusticia.

Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste)Manuel Añorve BañosSenado de la RepúblicaUnidad de Medida y Actualización (UMA)
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Suprema Corte a favor de jubilados: avala 20% más a sus pensiones

jueves, 26 septiembre 2019 by Acapulco Press

CIUDAD DE MÉXICO. * 25 de septiembre de 2019.
] Factor Capital Humano.
Los jubilados podrían ver incrementadas sus pensiones hasta en 20% debido a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidar el cálculo de éstas con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

LA SCJN determinó en una jurisprudencia que la UMA no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, por tratarse de una prestación de naturaleza laboral regida por el salario mínimo (SM), por lo que debe ser este último el punto de referencia.

El salario mínimo (102.68 pesos) tiene un valor mayor al de la UMA (84.49 pesos), por ello los pensionados han visto una reducción en sus percepciones desde que se hizo el cambio en 2016, motivo para la promoción de amparos.

De acuerdo con un comparativo hecho por la Comisión de Seguridad Social del Senado, la diferencia entre una pensión con UMA y una con SM es de casi 20%, tomando como base una pensión promedio equivalente a cinco salarios mínimos:

* Pensión en UMA: 12,673.5 pesos.
* Pensión mensual en SM: 15,402 pesos.
* Diferencia: 2,728.50 pesos.

Este aumento del valor de las pensiones se debe también al incremento que tuvo el salario mínimo en enero de este año, cuando pasó de 88.36 a 102.68 pesos diarios y a 176.72 para los 43 municipios que conforman la Zona Libre de la Frontera Norte.

El cálculo de las pensiones con base en la UMA es una mala interpretación de la reforma constitucional de 2016 con la que se desindexó el salario mínimo para no ser usado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza, coinciden las presidentas de las comisiones de Seguridad Social de la Cámara de Diputados y del Senado de la República.

“Nosotros consideramos que hay una laguna legal, hay una mala interpretación de la reforma. Nosotros queremos darle claridad, pero también nos tenemos que asegurar de que las instituciones (IMSS e ISSSTE) cuenten con los recursos suficientes para poder dar salida al tema”, afirma la diputada Mary Carmen Bernal (PT), en entrevista con El Economista.

Por su parte, la senadora Gricelda Valencia de la Mora (Morena) también considera que los pensionados “se han visto gravemente afectados por la interpretación indebida de la reforma, derivado que el IMSS y el ISSSTE tomaron la UMA para calcular el monto de pensiones cuando la Ley establece que debe ser en salarios mínimos”.

La presidenta de la Comisión de Seguridad Social del Senado afirma que, para recuperar el poder de compra de los salarios y, a su vez, no se siga perjudicando el bienestar y dignidad de los jubilados, debe establecerse a nivel legal un candado para que no se pueda usar la UMA como referencia para estos pagos.

Al respecto, Ricardo Martínez Rojas, socio de la firma De la Vega & Martínez comentó que “desde siempre la Ley del Seguro Social ha estado fundada en salarios mínimos, así como toda la estructura financiera del IMSS. De hecho, el cobro de la máxima cuota está definida en 25 veces el salario mínimo y debemos de partir de la base de que cuando se paga una pensión, se paga una parte de salario, por eso se llama salario base de cotización”.

Reforma constitucional, el siguiente paso

Las legisladoras coinciden en que el siguiente paso en la materia es reformar la Constitución para establecer que la pensión es parte de la seguridad social y, por tanto, no es de la naturaleza de la UMA, sino del salario mínimo.

En el mismo sentido va la jurisprudencia de la SCJN: “Como la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario, incluso para generarla y pagarla se atiende al fondo constituido durante la vida activa laboral, mediante aportaciones del salario percibido, topadas a la cantidad máxima de diez veces el salario mínimo, es claro que esa prestación es laboral”.

Mary Carmen Bernal asegura que dicha jurisprudencia les da la razón a los trabajadores, por lo que la Constitución debe reformarse para darle fin a la “laguna legal”. La decisión del máximo tribunal del país, afirma, pone el tema en la agenda de prioridades del Congreso.

“Da el sustento y fundamento de que en la Cámara de Diputados tenemos razón. Nosotros sabemos que es una demanda muy sentida por parte de los jubilados y pensionados”, agrega.

Por su parte, Gricelda de la Mora afirma que en el Senado se debe dar prioridad a las reformas pendientes en la materia, como la iniciativa para detallar en la Constitución y los transitorios de la reforma de 2016 que los derechos y prestaciones cuya naturaleza sea análoga a la del salario no deben ser calculados con la UMA.

“El daño principal de esta medida es la disminución a los pensionados en el monto de sus pensiones”, argumenta la senadora.

Gricelda Valencia de la MoraIMSSISSSTEJubilados y PensionadosMary Carmen BernalSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)Unidad de Medida y Actualización (UMA)
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